Segundo pago IRPF
Si usted presentó la declaración de renta de 2015 con un resultado a ingresar, pudo fraccionar el importe de la deuda en dos partes sin intereses ni recargos. En ese caso, en junio pagó el 60% de la deuda. Apunte. Respecto al 40% restante, el plazo para ingresarlo finaliza el próximo 7 de noviembre. En concreto:
- Si a la hora de presentar la declaración de renta optó por domiciliar dicho pago, ahora no deberá hacer nada. Únicamente deberá asegurarse de que el 7 de noviembre haya saldo suficiente en su cuenta bancaria para poder afrontarlo.
- Si no domicilió el pago, podrá realizar el ingreso de este segundo plazo en cualquier oficina de su entidad financiera hasta el día 7 de noviembre de 2016 inclusive.