Criterio del TS sobre la obligación de registro de la jornada diaria
El registro de la jornada diaria es la herramienta promovida por el legislador para asegurar el control de las horas extraordinarias. La obligación de registro existe aunque no se realicen horas extra, ya que para tener esta consideración, es necesario que se realicen sobre la duración máxima de la jornada de trabajo. Es decir, sin el registro diario de la jornada, es imposible controlar la realización de horas extraordinarias.
El TS exime a las empresas de la obligación de llevar un registro de la jornada diaria de toda la plantilla para comprobar el cumplimiento de los horarios pactados. Considera que el ET solo obliga, salvo pacto, a llevar el registro de las horas extras realizadas y a comunicar a final de mes su número, caso de haberse efectuado al trabajador y a la representación legal de los trabajadores.